Urbanudismo en el barrio de Boedo. Titania y Paula Brindisi
(Avril X).
Dos modelos sorprendieron a
todos el fin de semana cuando salieron a pasearse desnudas por las calles de
Boedo. Apenas con unos tacos altos, fueron a una carnicería, pasaron por una
florería o cruzaron la avenida San Juan. Hubo cientos de vecinos que contemplaron la escena en
vivo y luego el fenómeno explotó en Internet. A algunos el
espectáculo les resultó indiferente, otros lo aplaudieron pero también hubo
quienes se
quejaron mucho por la exhibición. Y surgió la duda: ¿Se puede
andar desnudo por las calles de la
Ciudad?
Clarin.com consultó al Ministerio Público Fiscal de la Ciudad. Y la respuesta en principio
es que no y que puede haber fuertes sanciones para quienes lo
hagan porque se estaría incurriendo en el delito de "exhibiciones obscenas". Pero hay ciertas consideraciones que
tiene la ley y en algunos casos se podría entender que es posible hacerlo y puede no tener castigo.
Urbanudismo en el barrio de Boedo. Titania y Paula Brindisi
(Avril X).
¿Qué dice la ley? El artículo
129 del Código Penal indica que "será reprimido con multa de mil a quince mil pesos
el que ejecutare o hiciese ejecutar por otros actos de exhibiciones obscenas
expuestas a ser vistas involuntariamente por terceros". Esto es lo que
ocurrió el domingo, cuando Paula Brindisi, conocida como Avril X, y la modelo
Titania Tagliani, representaron una performance de "urbanudismo", o
la acción de pasearse sin ropa frente a vecinos vestidos como parte de un
proyecto artístico.
Según el Código, la sanción
puede ser incluso más fuerte si hay testigos menores de edad. "Si los
afectados fueren menores de dieciocho años la pena será de prisión de seis meses a cuatro años".
Pero desde el Ministerio
Público Fiscal aclararon a Clarin.com que ese artículo se aplica rigurosamente cuando
alguien se desnuda con la intención de molestar o agredir a los demás. Y
que hay en la ley "una interpretación que deja a criterio del juez la
aplicación de la pena según el contexto en el que ocurra la desnudez, por
ejemplo si está dentro de un hecho artístico", como dicen que lo hicieron
las chicas que se mostraron en Boedo.
En la propia interpretación
que figura en el artículo 129 se aclara que "el magistrado no sólo debe
interpretar la norma bajo estudio, sino también es su obligación darle un alcance
determinado que permita establecer si la acción investigada se ajusta a los
parámetros establecidos por el tipo penal". Y lo más importante, agrega
que lo "obsceno depende del tiempo y del lugar, y por ello, es que
resulta un concepto dinámico y variable, imposibilitando una definición
unívoca".
Así es que el polémico paseo
del fin de semana en Boedo, si es tomado como una manifestación artística puede
no ser un delito. Las modelos lo defienden como tal: "El urbanudismo es un
proyecto fotográfico que empezó en Barcelona en 2004 y tiene un fin artístico.
La idea es exponer la sensación que le genera a los demás ver gente desnuda
realizando acciones cotidianas, las mismas que hace la gente vestida. Con el
material quiero hacer muestras de fotos en galerías de arte y editar un
libro", explicó luego de su exhibición Brindisi, que se hizo conocida
cuando, el 30 de diciembre de 2004, cruzó la 9 de Julio sin otra ropa que su
piel.
El organismo que nuclea a los
fiscales porteños aclaró además que por el momento no se habían registrado
denuncias que exigieran la intervención judicial por la
exhibición del domingo. Y las modelos aseguraron que "la gente estuvo muy
receptiva y no hubo ningún tipo de problema".
http://www.clarin.com/ciudades/puede-pasear-desnudo-calles-Ciudad_0_1319868195.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario