· El derecho de pernada o «ius primae noctis» era el
privilegio feudal por el que los nobles tenían potestad de pasar la noche de
bodas con la mujer de sus vasallos, esto es, de desvirgarla
Bajo el prisma de la Ilustración surgieron
una serie de mitos sobre la
Edad Media que redujeron este periodo a la mayor pestilencia
moral de la historia. Los cinturones de castidad, que nunca existieron; la
quema de brujas, más bien del siglo XVI; y otra serie de abusos como el derecho
de pernada se exageraron y deformaron para desprestigiar a la nobleza
y a la Iglesia.
Pero, ¿existió realmente el «ius primae noctis»? Sí, lo que
no está documentado es que fuera algo frecuente más allá del plano teórico.
César Cervera - C_Cervera_M
El derecho de pernada o «ius
primae noctis» era el privilegio feudal por el que los nobles tenían potestad
de pasar la
noche de bodas con la mujer de sus vasallos, esto es, de
desvirgarla. Se estimaba uno de los muchos abusos que sufrían los vasallos, que
en la práctica pertenecían al señor de la región tanto como la tierra o las
cosechas.
Un origen germánico
El origen de esta práctica
resulta incierto, si bien ya Heródoto hizo referencia a la
costumbre de una tribu líbica por la que se «presentaba al rey todas las
doncellas que están para casarse, y si alguna le agrada, él es el primero en
conocerla».
En la Edad Media, el Derecho de Pernada
podría tener su antecedente directo en la costumbre germánica llamada «Beilager»,
por la que el señor de cada pueblo se reservaba la primera cópula con la novia.
Una práctica que derivaba de las propiedades mágicas que se le achacaban a la
sangre del desfloramiento. En sentido estricto, el Beilager germánico consistía
en el derecho del señor de compartir la cama con la recién casada, derecho que
éste perdería a cambio de un pago en metálico. El concepto del privilegio sobre
la primera noche se perpetuó en la época feudal, aunque siempre asociado a
impuestos o tributos que recibieron nombres locales, como «el merchet»,
«el
cullagium» o «el vadimonium», entre otros.
Un cuadro
historicista que recrea la escena de un anciano entregando sus jóvenes hijas al
señor
La mayoría de historiadores
reducen la incidencia del derecho de pernada a casos y lugares muy concretos,
aunque recuerdan que este privilegio feudal se ejercía de forma indirecta
mediante el pago de un impuesto al señor por haber autorizado el enlace de sus
vasallos. Es más, era tradicional en muchos lugares que el señor simulara el acto sexual
o saltara
encima de la novia en las celebraciones que seguían a la boda,
a modo de recordatorio del poder del noble sobre sus vasallos y como remanente
de lo que algún día fue el derecho de pernada.
Foto Internet
Quienes defienden que nunca
existió se aferran a la escasa documentación y los pocos textos legales en los
que hay referencia al este abuso, pero obvian que, en el caso medieval, la
tradición escrita es endeble y poco resistente al tiempo. Así y todo, la Sentencia arbitral de
Guadalupe (1486) por la que Fernando El Católico puso fin a muchos de los abusos de
la nobleza contra los vasallos catalanes se menciona que «ni tampoco puedan
[los señores] la primera noche quel payés prende mujer dormir con ella o en
señal de senyoria». Una frase que demuestra que el derecho de pernada había
sido algo al menos teórico en otro tiempo.
«Ni tampoco puedan [los
señores] la primera noche quel payés prende mujer dormir con ella o en señal de
senyoria»
Pero una cosa era la teoría y
otra la práctica. El «ius primae noctis» despertaba un fuerte rechazo entre los
vasallos, a los que dejaba humillados, y podía derivar en levantamientos
campesinos. Resultaba una forma demasiado aparatosa y poco práctica de
reivindicar el poder feudal. No obstante, los abusos sexuales sobre las esposas de los
vasallos eran algo frecuente sin que hiciera falta que los
señores invocaran derechos, pues bastaban las amenazas para acallar el suceso.
Los siervos estaban desprotegidos.
La Iglesia protege los
matrimonios
Incluso los reyes habían
tratado de combatir este tipo de abusos durante siglos y eran la consecuencia
de un poder central demasiado débil. Los reyes apenas contaban con territorios
y soldados propiamente suyos y su poder dependía de la lealtad de los nobles.
Alfonso X El Sabio, Fernando El Católico y otros monarcas con auténtico poder
estipularon leyes contra los abusos de la aristocracia y prohibiendo
explícitamente el derecho de pernada.
Foto Internet
Además, la creciente
autoridad de la Iglesia
también fue ganando fortaleza con el paso de los siglos y permitió que el
matrimonio fuera amparado por la institución eclesial. Al consolidarse el
matrimonio religioso, quedaba claro que el derecho canónico estaba por encima
de cualquier uso o fuero ancestral y que, si Dios y la Iglesia bendecían la
unión, sobraba la intervención de la nobleza.
A partir de que la Iglesia monopolizara los
matrimonios, los abusos sexuales pasaron de ser un pseudoderecho a ser los
caprichos de un señor descontrolado incapaz de respetar la dignidad de las
personas a su cargo. El matrimonio era algo sagrado que ni siquiera los
señores feudales podían mancillar.