Cartel de una campaña contra el acoso del Ayuntamiento de Sevilla.
Los piropos y
los silbidos ofensivos o de tinte sexual en
espacios públicos forman parte de la libertad de expresión, protegida por la
Constitución neerlandesa, y las normas municipales no pueden prohibirlos. Solo
una ley aprobada por el Parlamento valdría para evitar este tipo de acoso
verbal. Así se ha pronunciado este jueves la Corte de Apelación de la ciudad
holandesa de La Haya, en un fallo que contradice las directivas dictadas en
2017 y 2018 por los Consistorios de Ámsterdam y Róterdam, para frenar la
intimidación sexual de palabra en los Países Bajos. El año pasado, Everon el F., de 36 años, un vecino de la ciudad
portuaria, fue el primer sancionado del país por importunar a un grupo de
mujeres. Le impusieron una multa de 200 euros que queda ahora sin efecto.
La sentencia recién dictada en apelación emana del
recorrido legal del caso de Everon el F. En 2018, la Fiscalía de Róterdam pidió
340 euros de multa porque, según quedó demostrado, persiguió en dos ocasiones a
un grupo de jóvenes con frases como esta: “Hola, chicas. Sois muy guapas. ¿Qué
hacéis? Cielo, ¿ya te vas? Preciosa, eres muy atractiva”. Luego se sentó a su
lado y les lanzó besos con la mano. Las mujeres le denunciaron, y durante el
juicio, él dijo que estaba soltero y “solo eran cumplidos sin mala intención;
no sabía que fuera delito”.
Los fiscales elevaron el caso a la Corte de Apelación
de La Haya para asegurarse de que se sostenía legalmente. Los jueces han
reconocido que “hubo acoso verbal y lanzamiento de besos”, pero “ambos encajan
en la libertad de expresión, y la normativa municipal no fija de manera clara
el límite entre un comportamiento aceptable y otro intolerable”. Esto último,
añade el fallo, “es indispensable de acuerdo con la Convención Europea de
Derechos Humanos”. La sentencia respeta “los deseos del Consistorio de Róterdam
de luchar contra este tipo de ofensas”, pero añade que “solo el legislador, a
escala nacional, está facultado para decidir algo así”.
Las dudas sobre la validez legal de una disposición
municipal ya surgieron en Ámsterdam, en 2017, cuando el entonces alcalde,
Eberhard van der Laan, anunció la prohibición del acoso verbal en público. Fue
el primer Ayuntamiento del país en hacerlo, luego le siguió Róterdam, pero los
asesores de Van der Laan tenían opiniones contrarias. El edil, fallecido ese
mismo año, les preguntó si la interdicción podía chocar con la libertad de
expresión y dos de ellos así lo afirmaron. Otro equipo jurídico señaló que una
norma local “para sancionar la alteración del orden público resistiría la
prueba de los tribunales”.
En caso de que las multas, que podían ascender hasta
4.100 euros, fueran recurridas, la decisión dependería de los jueces. Justo lo
que ha sucedido ahora con el vecino de Róterdam. En origen, la prohibición de
la capital holandesa se aprobó después de que un sondeo encargado por el
Consistorio comprobara que el 59% de las mujeres —de una muestra de 1.000—
había sufrido este acoso. Entre 15 y 34 años, 8 de cada 10 aseguraron haber
sido objeto de insinuaciones y silbidos ofensivos, o bien recibido insultos si
rechazaban los avances de desconocidos.
En mayo pasado, el ministro holandés de Justicia, Ferd
Grappenhaus, dijo que quería incluir la intimidación sexual en público en el
Código Penal. Según sus planes, las penas aplicables serían de hasta 3 meses de
cárcel o bien, una multa de 2.000 euros
https://elpais.com/sociedad/2019/12/19/actualidad/1576758187_840296.html
No hay comentarios:
Publicar un comentario