El acusado aseguró que el
semáforo era cercano a su domicilio y se lo saltaba de forma habitual «desde
hace años»
Una juez de Madrid ha
absuelto a un acusado de un delito contra la seguridad del tráfico,
pese a quedar probado que condujo a elevada velocidad, se saltó un semáforo en
rojo y dio positivo en la prueba de alcoholemia.
En la sentencia, la
magistrada del Juzgado de lo Penal número 16 de Madrid declara probado que en
la madrugada del 8 de diciembre de 2016 el acusado conducía un vehículo a
«elevada velocidad» por una vía urbana de Madrid y se saltó un
semáforo en rojo.
Cuando fue interceptado por
la policía, los agentes detectaron que olía a alcohol, tenía los ojos enrojecidos
y habla pastosa. En la prueba de alcoholemia dio 0,42 mg/l y 0,39 ml/l.
Pero, pese a ello, la juez
considera que no se ha acreditado que el acusado se encontrara
bajo los efectos del alcohol y que, por esa causa, se saltara
un semáforo en rojo.
EFE
La juez dio credibilidad al
procesado, defendido por el abogado Ignacio Palomar, quien expuso que el
semáforo que se saltó era cercano a su domicilio y que se lo saltaba de forma
habitual «desde hace años», no fruto de la ingesta de alcohol.
Reconoció sufrir un problema de
alcoholismo y depresión, además de obesidad y hepatopatía, lo
que pudo influir en los síntomas externos, no quedando acreditada la conducción
«bajo influencia» del alcohol.
Foto Internet
La juez recuerda que para que
el resultado de una prueba de alcoholemia implique un delito debe superarse en dos
ocasiones el límite de 0,60 mg/l, algo que en este caso no
ocurrió ni en la primera ni en la segunda.
Por ello, y dado que tampoco
quedó probada la influencia del alcohol en la conducción «pues solo saltarse un
semáforo en rojo sin riesgo evidente para terceros no lo evidencia», la
magistrada sostiene que no queda probada la comisión del delito contra la
seguridad del tráfico.
El fiscal
solicitaba una condena de nueve meses de multa a razón de seis
euros diarios y de quince meses de privación del permiso de conducir.
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