lunes, 9 de marzo de 2020

Pedroche y Noriega no podrán anunciar clínicas odontológicas


Pedroche y Noriega
El Tribunal Supremo ha confirmado una sentencia del Tribunal Superior de Navarra que avaló la prohibición de la Comunidad Foral de una campaña publicitaria protagonizada por famosos, el actor Eduardo Noriega y la presentadora de televisión Cristina Pedroche, de una clínica odontológica en Pamplona. Así lo acuerda el Supremo en una sentencia que rechaza el recurso de Dentix contra la resolución del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Navarra.
En primera instancia, según informa Efe, un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Pamplona había autorizado esa publicidad al entender que no recomendaba un producto sanitario concreto sino el «método Dentix» y que la publicidad se centraba en factores empresariales y económicos, pero no sanitarios y por tanto no incurría en recomendación prohibida.
La Comunidad Foral recurrió y el TSJ navarro le dio la razón al considerar que Dentix estaba utilizando la imagen de dos personas famosas para publicitar no solo su método sino también un producto sanitario. Dentix recurrió al Supremo, que ha confirmado la sentencia del TSJ.
La campaña publicitaria consistía en folletos en los que aparecían los dos famosos. La ley de garantía y uso racional del medicamento señala que no podrán ser objeto de publicidad destinada al público los productos sanitarios que estén destinados a ser utilizados exclusivamente por profesionales sanitarios.

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